Cómo consultar el impuesto vehicular por placa

Actualizado el 22 de julio de 2024
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En este artículo te explicaremos en detalle cómo consultar el impuesto vehicular por placa a través del Registro Único Nacional de Vehículos de Tránsito (RUNT), para que puedas hacerlo sin complicaciones.

Cómo consultar el impuesto vehicular por placa

El Registro Único Nacional de Vehículos de Tránsito (RUNT), es un sistema de jurisdicción nacional en la que se encuentra registrada toda la información actualizada de los vehículos de tránsito y de sus conductores.

En el RUNT se mantiene actualizada y concentrada toda la información de los vehículos, como fecha de compra, datos del propietario y licencia de conducir, estatus de solvencia con sus obligaciones, registro de accidentes de tránsito e infracciones.

Conocer esta información te permitirá, posteriormente, comparar las características de tu vehículo con las del listado publicado anualmente por el Ministerio de Transporte, para poder saber si tu vehículo es gravable y que tasa de impuesto debes declarar.

Para saber cómo consultar el impuesto vehicular por placa solo tienes que seguir detalladamente los pasos del tutorial que te dejamos a continuación:

☑ Para iniciar este procedimiento, debes ingresar en la página oficial del RUNT en la dirección web www.runt.com.co.

☑ En el menú de accesos directos identificado “Nuestros Actores”, presiona la opción CIUDADANOS.

☑ Al lado izquierdo de la página, encontrarás un nuevo menú de accesos directos, haz clic sobre la opción CONSULTA DE VEHÍCULOS POR PLACA.

☑ En esta nueva ventana que se abre, presiona la opción INGRESE AQUÍ AL MÓDULO.

☑ En este punto, el sistema te solicitará unos datos para poder procesar tu consulta, los cuales deberás completar:

  • Procedencia del vehículo.
  • Tipo de consulta: Selecciona “Placa y Propietario”.
  • Número de placa.
  • Tipo de documento de identificación del propietario.
  • Número de documento de identificación del propietario.
  • Activa la casilla de CAPTCHA “No soy un robot”.

☑ Presiona CONSULTAR INFORMACIÓN.

☑ La plataforma de forma automática te presentará una ficha con toda la información que tiene registrada sobre el vehículo consultado y su propietario. Entre otras, la más relevante es:

  • Información legal del vehículo: Como placa, número de licencia de tránsito, estado y tipo de servicio.
  • Información general del vehículo: Como Marca, modelo, serie, número de chasis, color, cilindraje, entre otros datos.
  • Datos técnicos del vehículo.
  • Póliza SOAT.
  • Pólizas de responsabilidad civil.
  • Certificados de revisión técnico mecánica y de emisiones contaminantes (RTM).

¿Qué es el Impuesto Vehicular?

El Impuesto vehicular es un impuesto nacional, aplicable a todos los ciudadanos y vehículos de libre tránsito, que grava la propiedad de vehículos automotores, sin importar su condición de nuevos o usados, y que debe pagarse todos los años.

El Impuesto Vehicular constituye una de las principales fuentes de ingresos de los gobiernos departamentales, ocupando el tercer lugar detrás de la patente de industria y comercio y el Impuesto Predial.

Estos ingresos por concepto de impuesto vehicular se destinan, principalmente, a satisfacer las necesidades de mantenimiento de infraestructuras públicas y obras de interés social en las comunidades, así como a la prestación y mejoras de los servicios públicos y en la red vial.

¿Quiénes deben cancelar el impuesto vehicular?

El pago de este tributo es aplicable a todos los propietarios de vehículos automotores que circulen en el territorio colombiano, los cuales pueden ser destinados a uso particular o público.

Los propietarios están en la obligación de declarar y liquidar este tributo de forma anual, por lo que el proceso debe realizarse, generalmente, durante los primeros seis meses de cada año para evitar caer en mora y recibir sanciones.

Sin embargo, la ley establece un grupo de vehículos automotores que se encuentran exonerados del pago del impuesto, y no se encuentran en el listado de los vehículos gravados por el Impuesto Vehicular que publica anualmente el Ministerio de Transporte.

  • Todos los vehículos de uso como maquinaria agrícola, como tractores y trilladoras.
  • Todos los vehículos que intervienen en la construcción de vías públicas, como tractores oruga, mototrillas, motoniveladoras y compactadoras entre otros.
  • Aquellos vehículos no destinados al tránsito por las vías públicas, de uso como maquinarias industriales.

¿Qué otros vehículos no tienen que pagar impuesto vehicular?

La ley es específica en cuanto a qué vehículos son gravables y cuáles no lo son, y hay una pequeña lista de vehículos que no son considerados gravables y, por lo tanto, están exentos del pago de impuesto vehicular:

  • Bicicletas.
  • Scooters y motonetas de paseo.
  • Motocicletas con motores hasta 125 c.c. de cilindrada.

¿Cómo se hace el cálculo del Impuesto Vehicular?

Para hacer el cálculo del Impuesto Vehicular, se toma como base el valor comercial del vehículo, según el avalúo fiscal anual que ejecutan los funcionarios expertos en el área, adscritos al Ministerio de Transporte.

Esta tabla puede ser revisada directamente en la web oficial del Ministerio de Transporte en la dirección www.mintransporte.gov.com, y en ella se puede ubicar el valor comercial que le ha sido adjudicado al modelo de tu vehículo.

También existen otras variables que se toman en cuenta para el cálculo y fijación de las tasas de este impuesto:

  • El total resultante del avalúo fiscal (valor comercial) fijado por el Ministerio de Transporte de Colombia.
  • Tipo de clase del vehículo: automóvil, motocicleta, camiones, entre otras.
  • A qué uso está destinado el vehículo: Si es de uso particular, de transporte de carga o traslado de pasajeros.
  • Las características propias del vehículo: Marca, modelo, año y capacidad.
  • La tarifa que los expertos han establecido para el cálculo del monto del impuesto para ese rango de valor del vehículo.

Las tarifas vigentes son las siguientes:

  • 1,5% para todos los vehículos hasta un valor de $ 49.470.000.
  • 2,5% para todos los vehículos con un valor entre $ 49.470.000 y $ 111.305.000.
  • 3,5% para todos los vehículos con un valor superior a $ 111.305.000.

¿Dónde se puede consultar el estado de cuenta del impuesto vehicular?

Todas las gobernaciones del país cuentan con plataformas de gestión de impuestos que son muy eficientes y fáciles de consultar, realizar la declaración y hacer el pago de forma electrónica a través del sistema PSE de Pago Seguro Electrónico.

También puedes obtener asesoría e información a través de las oficinas de la Secretaría de Hacienda del Municipio donde se encuentra registrado y matriculado el vehículo.

Toda esta información la puedes obtener mediante una consulta por placa en el RUNT, siguiendo atentamente los pasos especificados al comienzo de este artículo.

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9 Comentarios

  1. Jackie

    «¡El impuesto vehicular es un robo! ¡Deberían eliminarlo por completo!»

    Responder
  2. Barbie Ledesma

    ¡Qué injusto! Deberíamos eliminar el impuesto vehicular por completo. ¿Quién está conmigo?

    Responder
  3. Daria Quesada

    ¡No deberíamos tener que pagar impuestos por nuestros vehículos! ¡Es una estafa total!

    Responder
  4. Hilaria Pinilla

    ¡No deberíamos pagar impuestos por nuestros vehículos! ¡Es una estafa del gobierno!

    Responder
    • Adrián Barrio

      ¡Vaya, qué sorpresa! Al parecer, algunos creen que la construcción y mantenimiento de carreteras, la seguridad vial y los servicios de emergencia son gratuitos. Lamento decirte que vivir en sociedad implica responsabilidades y costos. Así que sí, pagar impuestos por nuestros vehículos es necesario.

      Responder
  5. Nila

    «Yo creo que deberían eliminar el impuesto vehicular por completo. ¡Ya pagamos suficiente!»

    Responder
  6. Valeria

    ¡Qué absurdo tener que pagar impuesto vehicular! Debería ser gratis para todos.

    Responder
  7. Said

    Yo creo que el impuesto vehicular es una estafa del gobierno, ¡no deberíamos pagar nada!

    Responder
  8. Mirko

    ¡Es un abuso! Deberíamos pagar impuesto vehicular solo si usamos el vehículo para trabajar.

    Responder

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